Artículo 92 RGPD - Ejercicio de la delegación

1. Los poderes para adoptar actos delegados otorgados a la Comisión estarán sujetos a las condiciones establecidas en el presente artículo.
2. La delegación de poderes indicada en el artículo 12, apartado 8, y en el artículo 43, apartado 8, se otorgarán a la Comisión por tiempo indefinido a partir del 24 de mayo de 2016.
3. La delegación de poderes mencionada en el artículo 12, apartado 8, y el artículo 43, apartado 8, podrá ser revocada en cualquier momento por el Parlamento Europeo o por el Consejo. La decisión de revocación pondrá término a la delegación de los poderes que en ella se especifiquen. La decisión surtirá efecto al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea o en una fecha posterior indicada en la misma. No afectará a la validez de los actos delegados que ya estén en vigor.
4. Tan pronto como la Comisión adopte un acto delegado lo notificará simultáneamente al Parlamento Europeo y al Consejo.
5. Los actos delegados adoptados en virtud del artículo 12, apartado 8, y el artículo 43, apartado 8, entrarán en vigor únicamente si, en un plazo de tres meses desde su notificación al Parlamento Europeo y al Consejo, ni el Parlamento Europeo ni el Consejo formulan objeciones o si, antes del vencimiento de dicho plazo, tanto el uno como el otro informan a la Comisión de que no las formularán. El plazo se ampliará en tres meses a iniciativa del Parlamento Europeo o del Consejo.

Preguntas frecuentes

Respuestas breves a preguntas habituales sobre esta disposición. Constituyen información general y no asesoramiento jurídico.

Establece las condiciones en las que la Comisión puede ejercer los poderes para adoptar actos delegados que le otorga el Reglamento. Abarca la duración de la delegación, su revocación, la notificación de los actos adoptados y los derechos de objeción del Parlamento Europeo y del Consejo.

Solo dos disposiciones confieren ese poder, a saber, el artículo 12, apartado 8, sobre la información que ha de facilitarse mediante iconos normalizados, y el artículo 43, apartado 8, sobre los requisitos de los mecanismos de certificación. El apartado 2 otorga la delegación por tiempo indefinido a partir del 24 de mayo de 2016.

Sí. El apartado 3 permite al Parlamento Europeo o al Consejo revocar la delegación en cualquier momento, con efecto al día siguiente de la publicación de la decisión de revocación en el Diario Oficial o en una fecha posterior indicada en la misma. La revocación no afecta a la validez de los actos delegados que ya estén en vigor.

Conforme al apartado 5, un acto delegado entra en vigor únicamente si ninguna de las dos instituciones formula objeciones en un plazo de tres meses desde su notificación, plazo ampliable en tres meses más a iniciativa de cualquiera de ellas. Puede entrar en vigor antes si ambas instituciones informan a la Comisión de que no formularán objeciones.

Los actos delegados del artículo 92 completan el Reglamento y quedan bajo el control del Parlamento y del Consejo a través de la revocación y de la objeción. Los actos de ejecución, como las decisiones de adecuación del artículo 45, apartado 3, o las cláusulas contractuales tipo del artículo 46, apartado 2, letra c), garantizan una aplicación uniforme y se adoptan con arreglo al procedimiento de comité del artículo 93, en el que ejercen el control los representantes de los Estados miembros.